Es un mecanismo ágil, que le permite a la persona natural no comerciante que se encuentra en mora de sus obligaciones dada su insolvencia económica, a desarrollar un proceso de negociación de deudas con sus acreedores, cuyo fin es la de obtener un equilibro económico.

BENEFICIOS

  1. Permite la negociación integral de todas tus deudas con todos tus acreedores.
  2. Se suspenden los procesos ejecutivos y cobros coativos, de entidades estatales que se encuentren en tu contra una vez admitida la solicitud y radicada ante los juzgados y entidades de ejecución fiscal.

REQUISITOS

Art. 538 LEY 1564 DE 2012 – Decreto 1069 de 2015
  1. Ser persona natural no comerciante.
  2. Tener dos o más acreedores diferentes.
  3. El pago de tus obligaciones presenten una mora mayor de 90 días.
  4. El saldo solo de capital en tus obligaciones vencidas por más de 90 días representen más del 50% del capital de todas tus obligaciones.

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